- Alcaldia Pradera ✕
Operario
Comprende las funciones y actividades de apoyo complementarias de las tareas propias de los niveles superiores, especial de apoyo en la conducción de los vehículos y maquinaria pesada de la Administración Municipal y en especial la destinada a las obras públicas y mantenimiento de la malla vial.
Conductor
Comprende las funciones y actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores, en especial de apoyo en la conducción de los vehículos de la Administración Municipal y particularmente el asignado al Despacho del Alcalde
Técnico Administrativo
Corresponde a este empleo, el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas de archivo y correspondencia, registro de información, elaboración de informes, ejecución de actividades en cumplimiento de la misión de su dependencia y todas las demás funciones que demanden la aplicación de conocimiento técnicos y sean de su…
Técnico Administrativo
Corresponde a este empleo, el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas de archivo y correspondencia, asì como las relacionadas con la aplicación de conocimiento y técnicas aplicadas a la labor de presentación y rendición de informes de la Alcaldía Municipal a los entes de control o a las…
Técnico Administrativo
Desarrollar procesos y procedimientos en labores técnicas de manejo de base de datos SISBEN, asì como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología aplicada a la labor estadística y de estratificaciòn urbana y rural.
Técnico Administrativo
Ejecutar procesos y procedimientos, aportando conocimientos de tipo técnico para dar cumplimiento a los objetivos y metas de la dependencia a la cual esta adscrito.
Técnico Administrativo
Corresponde a este empleo, el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas, ejecutar las actividades las actividades que impliquen el desarrollo y la aplicación de tecnologías de acuerdo a su formación o expertìsimo según el àrea que le asignen y la normatividad vigente.
- « Anterior
- 1
- 2